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4221. Impuesto automotor.

Punta Alta, 28 de abril  de 2.023

Corresp. Expte. S-55/2023

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A 4221

Artículo 1º: El incremento del monto del gravamen correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023 del —————– Impuesto Automotor liquidado conforme Ordenanza Municipal Nº 3992, no podrá ser superior al sesenta y cinco por ciento (65%) respecto del monto del gravamen emitido respeto del mismo imponible en el Ejercicio 2022.-

 

Artículo 2°: El incremento del monto del gravamen correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023 del   —————- Impuesto Automotor liquidado conforme Ordenanza Municipal Nº 3992, para los vehículos Modelo 2012, no podrá ser superior al sesenta y cinco por ciento (65%) respecto del monto del gravamen emitido por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires en el Ejercicio 2022.-

 

Artículo 3°: Modifíquese el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 3992 (texto según Ordenanza          —————- 4121), cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Artículo 9º: El Departamento Ejecutivo quedará facultado para otorgar a los contribuyentes y/o responsables del gravamen un descuento sobre los montos a abonar por el Impuesto a los Automotores conforme el siguiente esquema:

  1. a) Según el modelo (años de antigüedad) del automotor el descuento a otorgar será en orden decreciente y proporcional entre el 40% y 10% partiendo del modelo más antiguo hasta llegar al más reciente, se denominará Dto. Municipal por antigüedad y según el siguiente rango:
  Años de antigüedad Descuento
25 o más 40
24 38
23 36
22 34
21 32
20 30
19 28
18 26
17 24
16 22
15 20
14 18
13 16
12 14
11 12
10 10

 

  1. b) Según el valor establecido (Valuación Fiscal) por el DNRPA a cada automotor el descuento a otorgar será en orden decreciente y proporcional entre el 40% y 4 % partiendo del rango de valor más bajo hasta llegar al rango de valor más alto, se denominará Descuento Municipal por valuación conforme el siguiente esquema.-

 

Rango Valuación Descuento
Hasta 250.000 40
250.000 a 300.000 36
300.000 a 350.000 32
350.000 a 400.000 28
400.000 a 450.000 24
450.000 a 500.000 22
500.000 a 550.000 20
550.000 a 600.000 18
600.000 a 650.000 16
650.000 a 700.000 14
700.000 a 750.000 12
750.000 a 850.000 10
850.000 a 1.000.000 8
1.000.000 a 5.000.000 6
Mayor a 5.000.000 4

 

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.

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