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4443 – Intervención calle Irigoyen.

Punta Alta, 28 de noviembre de 2.025

Corresponde Expte. IF-2025-00095817-MUNICRO-INT

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A 4443

 

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a intervenir en los términos del Artículo 27º,    —————– inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto 6769/58, el espacio público de calle Bernardo de Irigoyen, en el marco de la obra denominada “Intervención Urbana para el Área Centro de la ciudad de Punta Alta”, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones obrantes en el Expediente Nº EX-2025-00093143-MUNICRO-DME#SG, la que será financiada en el marco de la RESO-2023-1114-GDEBA-MIYSPGP, que se haya pendiente de licitación.-

 

Artículo 2°: Considérese, respecto de la obra denominada “Intervención Urbana para el Área      —————– Centro de la ciudad de Punta Alta”, tramitada bajo el Expediente Nº EX-2025-00093143-MUNICRO-DME#SG, incorporar expresamente en el pliego licitatorio, y adecuar conforme corresponda, lo dispuesto en las siguientes normativas municipales:

Ordenanza Nº 2.660 – Código de Edificación Municipal y sus modificatorias;

Ordenanza Nº 3.351 – Arbolado Público;

Ordenanza Nº 1.520 – Cercos y Veredas;

Ordenanza Nº 4.176 – Defensa y Promoción del Empleo Local;

y toda otra normativa vigente aplicable a la obra pública en el ámbito municipal.

Asimismo, para las intervenciones relativas a instalaciones eléctricas, deberá requerirse la tramitación de los permisos pertinentes ante la Cooperativa Eléctrica de Punta Alta Ltda. Además, incluir el plano del taller de bicicletas, de acuerdo al punto 5 de la memoria descriptiva  y corregir las unidades de canteros en relación a la cantidad de árboles.-

 

Artículo 3°: La autorización de esta obra se otorga bajo el compromiso asumido por el                 —————— Departamento Ejecutivo, de coordinar las acciones de ejecución de la obra de referencia y con anterioridad deberá realizarse la obra de recambio de cañerías módulo 1 a 8, para evitar duplicar los esfuerzos presupuestarios.-

 

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

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